¡Recupera el Equilibrio Financiero con la Ayuda de un Experto en Reclamación de Deudas!

Bienvenidos a un viaje hacia la estabilidad financiera, donde un abogado especializado en reclamación de deudas se convierte en tu aliado estratégico. Exploraremos de manera didáctica y atractiva las áreas en las que estos profesionales pueden guiarte, conforme a la legislación española.

1. Diagnóstico Financiero: Comprendiendo tu Situación
El primer paso crucial es un análisis detallado de tu situación financiera. Un abogado especializado realizará un diagnóstico personalizado para entender las deudas pendientes, identificando el camino hacia la solución. ¡La clave está en comprender para poder actuar!

2. Notificaciones Legales: El Poder de la Diplomacia Legal
La emisión de notificaciones legales efectivas es una herramienta esencial. Un abogado experto en reclamación de deudas desplegará una diplomacia legal, recordando a los deudores sus obligaciones de manera respetuosa pero firme. ¡Las notificaciones son la primera línea de acción hacia una resolución positiva!

3. Estrategias de Acuerdo: Negociando Soluciones Justas
En situaciones donde la cooperación es posible, un abogado especializado trabajará en estrategias de acuerdo. Estos acuerdos, respaldados por la legislación española, buscan saldar las deudas de manera justa y realista, allanando el camino hacia la recuperación financiera. ¡La negociación es una llave para cerrar capítulos pendientes!

4. Mediación y Negociación: Buscando el Terreno Común
La mediación y negociación son habilidades clave. Un abogado especializado buscará soluciones que equilibren tus necesidades con las del deudor, evitando costosos procesos legales y asegurando una resolución eficiente. ¡Encontrar el terreno común es esencial para avanzar!

5. Procedimientos Judiciales: Acciones Precisas y Conformes a la Ley
Cuando la vía amistosa no es suficiente, el abogado desplegará procedimientos judiciales precisos. Basándose en la legislación española, tomará acciones para proteger tus derechos y recuperar lo que legítimamente te pertenece. ¡Acciones legales con enfoque y determinación para tu tranquilidad!

6. Ejecución de Sentencias: Transformando Decisiones en Acciones Concretas
La obtención de una sentencia favorable es solo el comienzo. El abogado continuará con la ejecución, asegurando que la decisión judicial se traduzca en acciones tangibles y efectivas. ¡Transformar decisiones en resultados concretos es la clave para una resolución exitosa!

¡Cómo Puedes Acceder a Estos Servicios!

  1. Consulta en Línea: Explora los recursos disponibles en línea para entender mejor tus opciones y cómo un abogado especializado puede ayudarte.
  2. Asesoramiento Personalizado: Agenda una consulta para recibir asesoramiento personalizado sobre tu situación financiera.
  3. Educación Financiera: Descubre recursos educativos que te permitan entender mejor los conceptos legales y financieros involucrados en la reclamación de deudas.

¡Tu Viaje hacia la Recuperación Financiera Comienza Ahora!
No estás solo en esta travesía. Un abogado especializado en reclamación de deudas está listo para ser tu guía y aliado estratégico. ¡Comienza hoy mismo y da el paso hacia la recuperación financiera!

¡Encuentra la Solución a tus Deudas con Expertos en www.abogadosdegranada.com!

¿Te encuentras inmerso en la complejidad de las deudas y buscas una salida efectiva? La clave para recuperar tu estabilidad financiera está a solo un clic de distancia. Te invitamos a explorar www.abogadosdegranada.com, donde encontrarás un equipo de abogados especializados en reclamación de deudas, listos para ser tus aliados en este camino hacia la tranquilidad financiera.

Razones para Visitar www.abogadosdegranada.com:

  1. Experiencia Especializada: Nuestra plataforma reúne a abogados con experiencia comprobada en el campo de reclamación de deudas. Confía en profesionales que han enfrentado situaciones similares con éxito y están listos para abordar tu caso con dedicación y habilidad.
  2. Asesoramiento Personalizado: En www.abogadosdegranada.com, entendemos que cada situación es única. Nuestros abogados ofrecen asesoramiento personalizado, adaptándose a tus necesidades específicas. No hay soluciones universales, solo estrategias diseñadas exclusivamente para ti.
  3. Transparencia desde el Inicio: La transparencia es nuestra prioridad. Encontrarás información detallada sobre los abogados disponibles, sus áreas de especialización y casos anteriores. Sabrás exactamente a quién confías tu situación financiera desde el principio.
  4. Resultados Comprobados: Nuestros abogados no solo hablan de resultados, los demuestran. Explora casos de éxito y testimonios de clientes satisfechos en www.abogadosdegranada.com. La evidencia de un historial exitoso respaldará tu decisión de elegir a nuestros expertos.
  5. Facilidad de Acceso: Acceder a la ayuda legal que necesitas no debería ser complicado. www.abogadosdegranada.com ofrece una interfaz fácil de usar, permitiéndote navegar sin esfuerzo a través de perfiles de abogados, información relevante y opciones de contacto.
  6. Compromiso con tu Bienestar Financiero: Más allá de la resolución de deudas, en www.abogadosdegranada.com nos comprometemos a guiarte hacia un futuro financiero más sólido. Nuestros abogados comparten conocimientos y estrategias para prevenir situaciones similares en el futuro.

¿Cómo Puedes Iniciar tu Viaje hacia la Tranquilidad Financiera?

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En www.abogadosdegranada.com, estamos aquí para ser tus aliados en el viaje hacia la tranquilidad financiera. ¡Visita nuestro portal hoy y da el primer paso hacia un futuro más libre de deudas!

EL ABOGADO DE GRANADA ANTE EL JUICIO MONITORIO

El juicio monitorio  es el cauce procesal que debe utilizar una persona ya sea física o jurídica cuando intenta reclamar a otro una deuda que tiene por su propia definición legal que ser dineraria, líquida, determinada, vencida y exigible.

La Ley de Enjuiciamiento civil acota por el propio objeto de este procedimiento estableciendo las deudas que podrán ser objeto de ejecución a través del mismo y así se habla de dineraria con lo que quedan excluidas aquellas obligaciones en las que una parte está obligada a hacer una determinada acción.

Requisito  también es que la deuda esté vencida, es decir, que haya transcurrido el término o plazo que se dio para su cumplimiento siendo el concepto de líquida asimilable a que sea fácilmente convertible a efectivo.

La Ley de Enjuiciamiento Civil del año 2000 quiso dar a los operadores jurídicos un procedimiento judicial rápido y ágil para aquellas situaciones de impago más habitual es decir cuando he llegado el momento del vencimiento de una factura este no se atiende por el deudor. En este sentido la propia ley establece los documentos que deben dar soporte al mismo indicando que serán objeto de juicio monitorio aquellos en los que aparezca la firma del deudor cualquiera que sea la forma incluso electrónica en un intento de superar las iniciales trabas de falta de conexión entre el titular de la deuda y el documento a cobrar.

Evidentemente serán objeto de este procedimiento las facturas, albaranes, etc. debiéndose acompañar los elementos de prueba que acrediten la habitual relación comercial entre acreedor y deudor. Paralelamente a fin de, como se ha dicho antes, facilitar determinados procedimientos de cobro añade el propio legislador que también podrá utilizarse este procedimiento en los casos de reclamación de gastos comunes en las comunidades de propietarios.

Respeto a las normas de competencia, el demandante podrá interponer la demanda de juicio monitorio en el juzgado de primera instancia del domicilio del deudor o en cualquier sitio que fuera hallado a elección del demandante a fin que se le haga el requerimiento de pago (que luego se explicará) con la salvedad del supuesto de reclamación de deudas comunitarias que lógicamente será el domicilio donde se encuentra en la finca. Se desprende de lo enunciado que el legislador ha querido establecer una regla amplia facilitando dicho procedimiento al acreedor.

¿Qué ocurre si, como es habitual por ser imposible la localización o haber desaparecido del lugar habitual de ejercicio comercial el deudor, no es encontrado?. En este caso el juzgado dictará auto archivando el procedimiento con reserva de acciones al actor para ejercitarlo ante el proceso que corresponda.

La demanda inicial de juicio monitorio viene estructurada de forma habitual mediante un escrito en el que se determinará claramente el nombre del reclamante, el del reclamado con especificación concreta del domicilio a efectos de requerimiento, la cuantía objeto de la deuda así como aquellos documentos que acrediten la misma. Es muy importante en este supuesto determinar muy bien cuál es el domicilio del deudor en el que sepamos que efectivamente pueda ser localizado ya que es fuente de innumerables retrasos el no determinar por ejemplo bien el número de la calle, el nombre de la misma o incluso el piso y letra en su caso.

En todo caso hay que dejar claro que la ley no establece la obligatoriedad de abogado ni procurador ni tampoco determina límite a la cuantía de este procedimiento con lo que se ha convertido de largo en el más habitual en las reclamaciones de deuda ante los tribunales españoles. Dicho esto, es aconsejable ser dirigidos técnicamente en el procedimiento civil por Abogados Civilistas de Granada.

Una vez presentada la demanda de juicio monitorio la primera resolución del tribunal es dar traslado en el domicilio indicado del demandado de la demanda propiamente dicha y documentos acompañados requiriéndole a fin que en el plazo de 20 días pagué dicha cantidad.. es importante resaltar que la Ley de Enjuiciamiento Civil se reformo para incorporar una garantía hacia el demandado en el sentido que el juez examinará de oficio sí si existen clausulas abusivas en la documentación aportada y en caso afirmativo dará vista a las partes por cinco días a fin que manifiesten lo que estimen oportuno

Llegado este momento se pueden dar varias situaciones:

Que el deudor pague procediéndose inmediatamente al archivo de las actuaciones.

Igualmente puede darse el caso habitual por desgracia que el demandado no conteste ni se persone en el procedimiento por lo que la ley establece que se archivará el juicio monitorio pudiéndose instar la ejecución interesando en ese caso el embargo de bienes y derechos que puedan garantizar la deuda del demandante devengándose intereses desde el momento de ese despacho de ejecución.

Si no se le encontrara en el domicilio habitual de residencia o profesión, podrá acordarse la notificación por edictos.

Otro supuesto que puede darse es que dentro del plazo de los 20 días dados para pago, el deudor presente escrito de oposición que deberá ir firmado por abogado y procurador.

En el caso que la cuantía ventilada este dentro de los márgenes a reclamar por el juicio verbal se seguirá por los trámites del mismo dándose traslado al demandante para que conteste en el plazo de 10 días. En este supuesto es importante estar asesorados por Abogados civilistas de Sevilla en el caso de residir en esa provincia.

En el caso que la cuantía no sea competencia de juicio verbal y si de otro procedimiento la demanda deberá interponerse en el plazo de un mes desde la presentación de la oposición.
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Enfoque jurídico práctico de la compraventa de terreno en el Derecho Español

Diversos son los elementos que hay que tener en cuenta a la hora de comprar un terreno conforme al derecho español y es una premisa determinar si está en suelo urbano o si tiene la consideración de rústico. En este último caso la limitación de la construcción viene determinada por un porcentaje variable en cada municipio de máxima edificabilidad.

Paralelamente y siempre asesorados por expertos abogados Málaga deberemos de acudir al registro de la propiedad y el catastro donde nos informarán de los linderos legales, cargas y titularidad última de dicho terreno así como el proyecto urbanístico con cumplimiento de todas las estipulaciones legales que rigen en el sitio concreto de ubicación del solar.

Otro aspecto, en este caso económico, que hay que tener en cuenta la hora de una compra de esa naturaleza es determinar si el pago va a ser en efectivo o mediante financiación de terceros. Nos estamos refiriendo a la compra mediante hipoteca que vienen determinando los expertos que la misma debe sobrepasar el 30% de los ingresos.

¿Es interesante la formalización de un contrato de arras?

Es práctica habitual en la compraventa de estos bienes inmuebles entrega de una señal, normalmente dinero, como compromiso de cumplimiento del pago definitivo acordado y en su caso una penalización si hubiera retractación  llegada la fecha límite que antes se hubiera acordado.

A la hora de realización de la venta definitiva es aconsejable hacerlo ante fedatario público que acreditará todos los extremos de la compraventa quedando el original de dicha escritura incorporada al protocolo del notario y es aconsejable con presencia de abogados de malaga expertos civilistas .

Desde el punto de vista fiscal varios son los impuestos que se comprometen en este negocio  jurídico como es la plusvalía que salvo pacto en contrario la pagará el vendedor y siempre que estemos ante un bien de naturaleza urbana. En el caso que la adquisición se la hagamos a un particular habrá que proceder al pago del impuesto de transmisiones patrimoniales (que se sustituirá por el IVA si el vendedor es una sociedad) y además liquidar el llamado impuesto de actos jurídicos documentados.

 

Pasos para reclamar la Cláusula Suelo de su hipoteca

¿Aún no sabe si su hipoteca cuenta con Cláusula Suelo? Recuerde que se trata de cláusulas abusivas impuestas por las entidades bancarias con las que cada afectado pierde una media de 3.000 euros al año. Por eso, y tras la reciente sentencia del Tribunal Europeo, ahora podrá recuperar el dinero pagado de más desde el inicio de la hipoteca.

¿Cómo reclamar al banco los importes cobrados de más?

 a) Lo primero es comprobar si su hipoteca tiene Cláusula Suelo. Para ello, es conveniente recurrir a un equipo de abogados especializados en este tipo de reclamaciones para que analicen si su escritura hipotecaria presenta este tipo de cláusulas y conozca de primera mano la viabilidad de una posible reclamación.

A través de este análisis conocerá también la cuantía total que podrá reclamar a su entidad financiera llegado el caso.

b) ¿Cómo se determina el importe a reclamar? Con la documentación aportada a su abogado, normalmente con la escritura hipotecaria y el recibo del último pago es suficiente, podrán determinar el importe en función de los valores e intereses marcados por su cláusula, así como del tiempo que lleve pagando la hipoteca.

Recuerde que con la reciente sentencia del Tribunal Europeo, los bancos deberán devolver íntegramente los importes cobrados de más a través de este tipo de cláusulas abusivas. No solo desde el año 2013, como marcaba el Tribunal Supremo en España, si no desde la fecha en la que se firmó la escritura hipotecaria. Por lo que se trata de una importante suma de dinero que año tras año ha tenido que pagar y que ahora está en su derecho de poder recuperar.

c) El siguiente paso es intentar llegar a una solución amistosa con la entidad bancaria, de no conseguirse una respuesta que le beneficie a sus intereses. Deberá recurrir a la vía judicial.

Ya hay distintos juzgados en España que están acatando la sentencia impuesta por el Tribunal Europeo de forma favorable para con los afectados, por lo que en su caso, no deberá ser distinto.

Eso sí, es conveniente que sepa que hay numerosas entidades bancarias que están intentado llegar a un acuerdo con los afectados en el que no se respetan los intereses de los hipotecados. En los últimos meses, hemos podido conocer casos en los que las entidades bancarias intentaban adelantarse a una posible decisión judicial que les pudiera afectar, contactando con sus clientes y ofreciéndoles un acuerdo. El problema es que, en algunos casos, los bancos aprovechaban esta circunstancia para hacer firmar a los afectados determinados documentos que les limitaban la posibilidad de reclamar los importes anteriores o limitando la posibilidad de efectuar ningún tipo de procedimiento por la vía judicial.

Por ello, es muy recomendable que antes de llegar a ningún acuerdo con su entidad financiera,  cuente con el asesoramiento jurídico de un experto que vele por sus propios intereses y no por los de su banco. De este modo, evitará firmar algo que más tarde pueda perjudicarle.

Carlos Oya Valverde

Director Ejecutivo de OYA Abogados & Asesores

www.oyaabogados.com

Transporte público: ¿Qué cubre el seguro obligatorio del viajero?

¿Puedo reclamar una indemnización si he sufrido un accidente en un transporte público? Hoy les hablo de las coberturas del seguro obligatorio del viajero y de qué hacer si se ve involucrado en un siniestro de este tipo.

Cada vez que pagamos un billete de viaje en un transporte público (autobús, metro, tren, etc), una pequeña parte del importe va a parar a pagar un seguro, el denominado Seguro Obligatorio de Viajeros (SOV).

Coberturas del Seguro Obligatorio del Viajero

Con este seguro se cubren los daños corporales en los desplazamientos que tengan lugar dentro del territorio nacional, así como en aquellos viajes que tengan origen en España y se desplacen al extranjero.

De este modo, cualquier lesión que sufran los viajeros debido a un choque, vuelco, alcance, salida de vía o calzada, rotura, explosión, incendio, reacción, golpe exterior o cualquier otra avería o anormalidad que afecte o proceda del vehículo; se tendrá derecho a recibir las indemnizaciones y asistencia sanitaria necesaria.

Además, el seguro no solo cubre las lesiones provocadas por un accidente durante el trayecto, sino que también estarían cubiertos los accidentes o caídas que puedan producirse en el momento en el que el viajero entra o sale del vehículo, por los lugares indicados para ello, o los que puedan ocurrir durante la entrega o recuperación del equipaje.

En ningún caso serán indemnizables las lesiones que se produzcan en el viajero a consecuencia de estar bajo los efectos de estupefacientes, embriaguez o de cometer actos dolosos.

¿Qué ocurre si la culpa no es del conductor?

Aún en estos casos, la empresa de transporte siempre responderá en caso de accidente. Y si la empresa no contara con el seguro obligatorio del viajero, será el Consorcio de Compensación de Seguros quien cubriría la reclamación.

¿Qué debe hacer el pasajero?

Lo más importante es guardar el billete de transporte para así, tener prueba de que viajaba en el vehículo accidentado.

Normalmente, las empresas de transporte público disponen de formularios a cumplimentar en caso de accidente con lesiones para los pasajeros. Una vez cumplimentado, los afectados deberán probar los daños corporales que hayan sido consecuencia directa del accidente, a través de la presentación de los partes médicos de los que dispongan.

Recuerde que para el trámite de reclamación de indemnizaciones por accidentes, las compañías aseguradoras siempre intentarán reducir las cuantías al máximo. Por eso, contar con el asesoramiento de un equipo de abogados especializados en este tipo de procesos será fundamental para conseguir la indemnización máxima que le corresponda.

Cristina Gallego Polaino

Responsable Departamento Jurídico

OYA Abogados & Asesores

www.oyaabogados.com

Reclamación de Impagos

¿Qué puedo hacer si mi cliente dice que no tiene dinero para pagarme?

Una de las situaciones más incómodas y engorrosas para los empresarios y autónomos es la de tener que reclamar el pago de una factura a un cliente después de haber realizado el trabajo. ¿Qué hacer en aquellos casos en los que el cliente asegura no disponer de liquidez para pagarnos?.

Desde hace unos años, la reclamación de impagos suele ser una tarea bastante habitual para los emprendedores, por lo que es importante, y en la medida de lo posible, tomar todas las medidas oportunas para tener mayores garantías para el cobro.

¿Qué medidas preventivas se pueden tomar?

– Antes de empezar a trabajar en el proyecto, realice un contrato escrito en el que se establezcan todas las condiciones tanto del trabajo a realizar, como del pago del mismo.

– Especifique correctamente en sus facturas el modo y periodo de pago.

A pesar de tomar estas medidas, podrá encontrarse con algún caso de impago en el que el cliente le argumente que la razón de no efectuar el pago es debido a no disponer de dinero para hacerlo.

¿Qué hacer en los casos de falta real de liquidez del cliente?

En este tipo de casos lo más conveniente es recurrir un asesor jurídico que le ayude a examinar la viabilidad de una futura reclamación por la vía judicial, ya sea a través de un procedimiento monitorio o cambiario, según el caso.

En el caso en el que el impago se produzca por falta real de liquidez del cliente, una de las estrategias a seguir es la de negociar un pago a plazos del total de la factura pendiente. De este modo, facilitaríamos el pago fraccionado al cliente y nos garantizaríamos recuperar el dinero.

Para ello, y con el objetivo de evitar futuros problemas, habría que redactar un nuevo contrato firmado por ambas partes en el que queden especificados la nueva modalidad de pago, el periodo en el que será fraccionado el importe total, las cuantías mensuales a abonar y todos aquellos puntos que se hayan alcanzado en el acuerdo.

Carlos Oya Valverde

Director Ejecutivo de OYA Abogados & Asesores

http://www.oyaabogados.com/reclamacion-de-impagos/

Reclamación de impagos

 

Debido a la difícil situación económica y financiera en la que nos encontramos inmersos, son numerosas las empresas y autónomos que están teniendo serios problemas a la hora de cobrar los productos o servicios que venden a sus clientes, produciendo esto una situación de impago generalizada que en muchas ocasiones supone le desaparición forzada del negocio o actividad empresarial.

Ante una situación de impago, es fundamental actuar con rapidez y poner el asunto en manos de abogados especialistas cuanto antes, ya que el factor tiempo es determinante en muchas ocasiones para poder cobrar las deudas. Una vez el asunto está en manos del abogado, se abren diversas alternativas jurídicas que desarrollamos seguidamente de forma práctica:

            1.- Si podemos contactar con el deudor y existe predisposición por su parte a pagar la deuda de forma amistosa, es conveniente llegar a un acuerdo  extrajudicial por medio del cual se reconozca la deuda y se regule un calendario de pagos. Es recomendable el que los pagos se instrumentalicen mediante pagarés, y que en el acuerdo se inserte una  cláusula de vencimiento anticipado en el caso de impago de alguno de ellos.

Las ventajas de un acuerdo extrajudicial como el señalado son; i) el crédito se cobrará normalmente  antes que si se plantea un procedimiento judicial, ii)  menor coste económico que la vía judicial, iii) permite en la mayoría de las ocasiones  mantener las relaciones comerciales con el cliente y además, iv) si el acuerdo no se cumple y hay que acudir al juzgado, se habrán mejorado bastante las expectativas de cobro porque se habrá documentado mejor la   deuda (en el caso de que antes solo existieren facturas, que siempre son más discutibles que un pagaré) y porque al estar documentada mediante pagarés,    esto nos permiten acudir a un juicio cambiario cuyo proceso es mucho más      rápido  que un juicio ordinario.

2.- En el supuesto de que sea imposible o no interese llegar a un acuerdo de     pago con el deudor, existen fundamentalmente tres cauces jurídico-procesales para reclamar que dependen del importe de la deuda y de cómo esté documentado el crédito:

a) Si el importe adeudado es superior a 250000 euros y no está documentado con cheques o pagarés, sino que lo que tenemos son facturas, albaranes, contratos, etc. forzosamente hemos de acudir a la vía de un    procedimiento ordinario de reclamación de cantidad, proceso lento y   costoso.

b) Si la deuda no excede de 250000 euros y tampoco está documentada con cheques o pagarés sino que lo que tenemos es la misma documentación señalada en el párrafo precedente, lo conveniente es acudir al llamado proceso monitorio, que supone un proceso rápido en el que en el plazo de veinte días hábiles desde la notificación de la demanda, el deudor debe pagar u oponerse. En este último caso se abrirá la vía del proceso ordinario.

c) Por último, si la deuda está documentada con pagarés o cheques, con independencia de su cuantía, podemos acudir a un procedimiento cambiario. Este es un proceso judicial bastante más rápido que el ordinario en el cual el deudor debe pagar u oponerse en el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la demanda y dentro del cual se puede decretar el embargo preventivo de bienes y derechos del deudor desde que la demanda es admitida a trámite.

Como se puede observar, es muy importante una buena documentación del crédito y actuar con rapidez para tener las mayores garantías posibles de éxito.

José Ruiz Carrasco

Abogado

Bufete Ruiz Carrasco.

Tlf. 600 47 42 89

Email.: jrc@bufeteruizcarrasco.es

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